Diputación ayuda a 31 ayuntamientos de hasta 500 habitantes a mejorar su atención básica a los ciudadanos
OJOS DE MOYA | Santa
Cruz de Moya, único municipio de la comarca beneficiado por la línea de ayudas
| Narboneta, excluido “por no aportar la documentación requerida”
La Diputación Provincial de Cuenca, a través del
Área de Asistencia Técnica al Municipio (ATM) ayuda a 31 Ayuntamientos de la
provincia de hasta 500 habitantes a mejorar su atención básica a los ciudadanos
con la concesión de ayudas para la contratación o el mantenimiento de personal
administrativo, que se elevan a un total de 60.000 euros.
Y es que, tal y como
remarca la diputada de ATM, Paloma García Casado, la institución provincial
apuesta por que los conquenses puedan recibir unos servicios municipales
adecuados independientemente del tamaño de la localidad en la que residan.
De ahí que haya subrayado la relevancia de estas
ayudas que no solo propician que las entidades locales puedan prestar unos
servicios en condiciones a sus vecinos, sino que, además, facilitan la apertura
del Ayuntamiento durante un mínimo de horas a la semana, sin olvidar que se
favorece la creación de empleo de calidad y, por lo tanto, la fijación de
personas en el municipio.
En concreto y según se publica este miércoles en
el Boletín Oficial de la Provincia, se han otorgado ayudas que van desde los
636,04 euros concedidos al pequeño municipio de Villar del Infantado hasta los
2.544,17 euros de localidades como Almodóvar del Pinar, Almonacid del
Marquesado, Fuentes o Graja de Iniesta, pasando por los 2.120,14 de Beteta, El
Acebrón, Pozoamargo, Santa Cruz de Moya o Tragacete y los 1.696,11 de Uña,
Vellisca, Vega del Codorno, Palomera u Olmeda del Rey.
Para poder acceder a estas subvenciones, los
Ayuntamientos solicitantes han debido cumplir una serie de requisitos, como por
ejemplo que el personal administrativo en cuestión tenga una relación de tipo funcionarial a tiempo completo o
parcial y su contratación se haya llevado a cabo mediante el correspondiente
procedimiento de selección establecido legalmente.
En este sentido, también se establece como
condición que la jornada laboral de estos trabajadores municipales se
desarrolle, al menos en parte, en horario de atención al público, es decir, de
9 a 14 horas, y su salario sea, como mínimo, el previsto en la normativa para
un auxiliar administrativo de la Administración General del Estado.
Pero eso no es todo, entre las obligaciones de los
Ayuntamientos beneficiarios de estas subvenciones se encuentra igualmente el
tiempo mínimo de apertura al público a la semana, que variará con arreglo a su
población, tal y como se recoge en los últimos datos oficiales del INE sobre el
padrón municipal.
En consecuencia, para los municipios de hasta 200
habitantes, su horario de apertura mínimo será de un día a la semana y, al
menos, cuatro horas, lo que en el caso de aquellos con una población
comprendida entre los 201 y los 350 vecinos se amplía a dos días a la semana y,
al menos, ocho horas. Algo que para los municipios de 351 a 500 habitantes, se
fija en los tres días a la semana y, al menos, 12 horas.
De esta manera, a juicio de García Casado, se
garantiza una adecuada atención de los Ayuntamientos a sus ciudadanos, sobre
todo, de los municipios con menos población, que son al fin y al cabo los que más
ayuda necesitan.