Casas de Garcimolina aprueba la nueva ordenanza de suministro de agua potable

OJOS DE MOYA | El Ayuntamiento fija las nuevas tarifas de consumo, lectura de contadores y cuotas de enganche
El Ayuntamiento de Casas de Garcimolina ha aprobado de manera definitiva la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del suministro de agua potable que modifica algunos artículos de la normativa municipal vigente hasta la fecha.

Así se especifica en las nuevas normas que la toma de lectura de contadores correrá a cargo del Ayuntamiento y se realizará anualmente en el mes de mayo. Para ello el usuario vendrá obligado a dar las máximas facilidades en la ejecución de su cometido.
En cuanto al cálculo del suministro se realizará mediante diferencia de lecturas del aparato de medida o contador; por estimación de consumos, cuando no sea posible la obtención de la lectura, bien por imposibilidad de acceder al contador o por carecer de él. Para la estimación del consumo en estos casos se llevará cabo por comparación con otras viviendas de sus mismas características atendiendo a criterios como el número de personas que viven en el domicilio, a criterio del personal de este Ayuntamiento.
El cálculo de consumo de agua, tanto para uso doméstico como ganadero, se realizará anualmente.
También se han aprobado las nuevas tarifas aplicables al servicio. Así se fija una cuota fija de enganche de 100 euros más los gastos ocasionados por los trabajos de realización de la acometida en los casos en que esto último se produzca.
En cuanto al precio por consumo de agua se establecen varios criterios.
A) Por metro cúbico consumido para uso doméstico:
Bloque 1º de 0 a 50 m3: 0,30 euros/m3
Bloque 2º de 51 m3 hasta 100 m3: 0,60 euros/m3
Bloque 3º de 101 m3 en adelante: 1,00 euros/m3
B) Por metro cúbico consumido anualmente para uso ganadero:
Bloque único: De 0 m3 en adelante: 0,40 euros/m3
La facturación se realizará tomando como base la lectura del agua, medida en metros cúbicos.
Por instalación del contador: 80 €, importe que se cobrará por una única vez en el primer recibo que se expida.

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